CÓDIGO DE ÉTICA UNAPAB
La Unión Nacional
de Pastores, acordó
en Asamblea Ordinaria celebrada el día 07 de enero del 2020,
en la ciudad de Iquique, por
unanimidad, establecer para sus miembros el siguiente Código Ético, normativa que deberá ser respetada y cumplida en cada campo de trabajo
ministerial, practicando de la mejor
forma posible los dos grandes mandamientos que nos señala el Señor Jesucristo
en Mateo 22:37-39.
1.
Seré fiel a la Biblia,
la Palabra de Dios, en mi vida, en mi predicación, la enseñanza, la doctrina y en la consejería;
2.
Buscaré ser un siervo de Dios y servidor
de mis hermanos, de la
iglesia, siguiendo el ejemplo
de Cristo en fe, amor, sabiduría, valores e
integridad;
3.
Viviré en integridad para con Dios
y los hombres, cumpliendo en todo tiempo mi compromiso con Él, con mi familia,
con la iglesia y con mi prójimo;
4.
Seré justo e imparcial con todos
los miembros de la iglesia a la que sirvo, evitando la discriminación arbitraria1
de cualquier índole que vaya en contra de las Sagradas Escrituras;
5.
Sostendré en confianza los acuerdos y prácticas de nuestra denominación bautista. Usaré mi influencia y consejo para que mi
congregación participe regularmente en el apoyo y sostenimiento financiero a
nuestra CEBACH/UBACH. Si mis convicciones cambiaran, renunciaré a mi ministerio
pastoral, denominacional sin provocar disensión y/o división, dejando la congregación de buena manera.
6.
Respetaré y reconoceré la variedad de dones espirituales y
llamamientos al ministerio entre mis consiervos bautistas, apoyándoles, edificando relaciones constructivas con ellos
en donde quiera que sirva;
7.
Buscaré el acuerdo con la congregación para recibir una justa
remuneración por la labor
ministerial, sean estos de tiempo completo o
parcial;
8.
Reconoceré que mi obligación
primaria es con la iglesia, la institución o el grupo
al que he sido llamado para servir, por lo tanto,
no aceptaré responsabilidades adicionales, salvo que éstas no interfieran con
el buen desarrollo de mi ministerio y/o, mi
conciencia;
9.
Si acepto un trabajo y/o
ministerio, paralelo al servicio de la iglesia,
deberé contar con la autorización
escrita de mi congregación y que ésta quede estipulada en acta de asamblea2;
10. Debido a mi envestidura ministerial, no buscaré favores
ni privilegios especiales por compras, inversiones o diligencias ante
servicios públicos o privados.
11. Seré ejemplo para mi congregación y demás personas, reservando tiempo
suficiente para la oración, el
estudio bíblico y el cuidado
espiritual de mi familia, manteniendo relaciones familiares sanas, una sana
integridad sexual con mi cónyuge, y un responsable y correcto manejo del
dinero. Buscaré mantener buenos hábitos de autocuidado corporal y mental en
procura de una buena salud y una presentación personal
digna de mi investidura ministerial.
1 Se entiende por
discriminación arbitraria a toda distinción, exclusión o restricción que
carezca de justificación razonable y este fuera de argumentos bíblicos y/o
eclesiales bautistas. Razonable es comprender que todo ser humano discrimina
(en el sentido positivo de la palabra), o sea, elige algo por sobre otro. Lo
que se desea encausar positivamente en este párrafo es, que toda decisión
pastoral sea sustentada sobre la base de la Palabra de Dios, y en los acuerdos
que emanen de nuestra orgánica bautista, y por último, de nuestra iglesia
local.
2 Artículo dirigido a
todos los consiervos, en especial para los pastores “a tiempo completo”,
quienes tienen contrato de servicio en exclusividad y/o están cumpliendo el
máximo de horas semanales según el código del trabajo (45 horas).
12. A mi renuncia o jubilación, me separaré de mis relaciones de liderazgo
con mi(s) anterior(es) congregación(es) a fin
de no entorpecer el ejercicio ministerial del nuevo pastor entrante. No
aceptaré interferir en la Iglesia a la que antes serví ni efectuaré bautismos,
bodas, presentación de niños, funerales u otros servicios a menos que sea
invitado por el actual pastor.
13. Honraré el ministerio de mis consiervos, evitando emitir juicios
injuriosos y expresiones negativas que afecten la persona, la familia
y/o el ministerio pastoral de
cualquier colega. Entiendo que al hacer esto sin base o pruebas que demuestre la veracidad de mis dichos, estaré
expuesto a ser disciplinado por mi URPAB, y si esto persiste, posteriormente se
informará para ser resuelto por la UNAPAB.
14. Si conociera de alguna mala conducta pública
y/o privada de un miembro
mi URPAB-UNAPAB reñido con la Palabra de Dios y con el presente
código de ética, me acercaré a él en forma privada, y si no escuchare seguiré
los pasos bíblicos de 1a Timoteo 5:19; y al haber testigos fidedignos, avisaré
por escrito primero a la URPAB
correspondiente y después a la iglesia. (Mateo
18.15)
15. Mantendré estricta confidencialidad sobre todos los asuntos tratados
en la consejería pastoral con los hermanos y hermanas, no revelando a terceros la confianza
depositada, a menos
que la salud o la vida de esa persona o la de terceros estén en riesgo de muerte,
o se trate de un abuso sexual infantil, violencia contra la mujer y tipos de otros delitos.
16. Si sé de algún abuso sexual infantil
o algún indicio de violencia
intrafamiliar en una familia
de mi congregación, denunciaré a las instancias correspondientes, sean
estas eclesiales y estatales, velando en proporcionar el cuidado pastoral
necesario para restaurar a la(s) víctima(s) y a la familia de una manera integral e imparcial.
17. Evitaré la manipulación de la
persona en los creyentes y no haré predominar mi persona en desmedro del
Señorío de Dios y de las verdades bíblicas.
18. Al asumir mi labor ministerial en otro lugar, dentro o fuera del país,
informaré a las instancias que correspondan, comenzando por mi URPAB;
19. No recibiré como miembro de la iglesia
a hermanos que provengan de cualquier tipo de congregaciones evangélicas sin
haber conversado con el pastor o liderazgo de esa iglesia.
20. No seré parte,
ni aceptaré invitación de ningún grupo
masónico, de lo contrario, renunciaré al
ministerio pastoral de la obra
bautista nacional URPAB-UNAPAB.
21. No militaré ni haré proselitismo político partidario de ningún tipo
dentro en mi congregación, ni podré aceptar ningún cargo de ese tipo.
22. Usaré y administraré adecuadamente mis redes sociales virtuales y otros
medios de comunicación, para que éstas, por medio de mi testimonio (de hechos y palabras), sean para
edificación de quienes las vean o lean. No haré proselitismo político
partidista por medio de ellas.
23. Me sujetaré a los reglamentos, acuerdos y consejos emanados de nuestras asambleas.
Toda falta o quebrantamiento de algún artículo
(o varios de estos) del presente código
de ética, será meritorio de alguna disciplina, y de
manera progresiva según el Manual de Procedimiento de la UNAPAB, toda vez que se observa faltas reiteradas y/o
constantes en el tiempo.
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